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OBLIGATORIEDAD DE CAMBIO DE DOMICILIO EN DNI

Se recuerda que se encuentra vigente el artículo 47 de la Ley n° 17.671, que en su parte pertinente establece:

"Domicilio y residencia habitual - Cambio de domicilio. 

Articulo 47°:  (...) Todas las personas de existencia visible o sus representantes legales, comprendidas en la presente ley, están obligados a comunicar en las oficinas, seccionales consulares o que se habiliten como tales, el cambio de domicilio, dentro de los treinta días de haberse producido la novedad".

 

REQUISITOS:

  • El trámite es personal con presentación de DNI.
  • Valor del trámite:  15 U$S.

Para realizar este trámite deberá agendar un turno por e-mail (cflor@mrecic.gov.ar) o telefónicamente (+55 48 - 3024-3035).

Fecha de Publicación : 12/08/2019